Argentina: El femicidio se incorporó al Código Penal

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Fuente:  ELA

La Cámara de Diputados sancionó la ley que incorporó la figura del femicidio al Código Penal como un tipo agravado de homicidio. Esta modificación permitirá que en aquellos casos de violencia de género en que un hombre asesine a una mujer, el agresor podrá ser condenado a reclusión perpetua.



(Buenos Aires, noviembre de 2012) – El 14 de noviembre se sancionó en la Cámara de Diputados la ley que incorporó al Código Penal el femicidio como un tipo agravante del homicidio. Este delito es el que recibe la pena máxima prevista en la legislación nacional: prisión perpetua. El proyecto ya había pasado por ambas Cámaras, aunque fue el iniciado por Diputados el que finalmente se impuso por unanimidad.

La ley no incorpora la figura autónoma del femicidio como tipo penal, sino que incorpora al art. 80 (inciso 1) del Código las relaciones de noviazgo y concubinato (finalizadas o vigentes), asimilándolas al matrimonio para que en todos los casos el perpetrador reciba la máxima condena. Además, la ley añade a los crímenes de odio que reciben la pena de prisión perpetua (inc. 4) el odio al “género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión”. Finalmente, la ley contempla dos nuevas agravantes: cuando la víctima fuese una mujer y el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género (inc. 11); y el asesinato de una tercera persona con el propósito de causar sufrimiento a una mujer con la que se tuvo una relación afectiva (inc. 12), figura conocida como “femicidio vinculado”. Tras la reforma, queda excluida la posibilidad de atenuar la pena en un hecho de femicidio en caso de haber habido hechos previos de violencia de género contra la víctima.

La asimilación de las relaciones de concubinato y noviazgo, así como las relaciones finalizadas, a la de los cónyuges responde a la realidad de los vínculos actuales e implica abandonar una distinción que no respondía a ninguna justificación constitucionalmente razonable. La ley también salda una omisión incomprensible, como fue la exclusión de los crímenes por odio sexista entre los que merecen el máximo reproche penal. El análisis de las sentencias judiciales comprueba que, incluso en los casos en que se daban los extremos previstos, en ocasiones los jueces hacían uso de la figura de la “emoción violenta” para disminuir la pena de los agresores, con lo cual la modificación viene a imposibilitar esta práctica discriminatoria.

Según los datos de la organización de la sociedad civil La Casa del Encuentro, que se encarga de relevar los asesinatos de mujeres que llegan a los medios de comunicación, durante 2011 hubo 282 femicidios y 119 en el primer semestre de este año.

La adecuación del Código a la actualidad, sin embargo, no puede soslayar otras cuestiones urgentes. El derecho penal actúa cuando el femicidio ya se cometió, y es en la prevención de estos hechos en la que deben centrarse esfuerzos próximos. En tanto las mujeres de todo el país que quieran denunciar hechos de violencia doméstica no cuenten con servicios extendidos y de calidad de recepción de denuncias, con patrocinio jurídico a su disposición, con prioridad en la obtención de subsidios económicos si así lo requieren, con la posibilidad de obtener un trabajo formal y una vivienda, así como asistencia psicológica para fortalecerse, estos hechos lamentablemente seguirán sucediendo. El éxito de esta figura sería, paradójicamente, que nunca tengamos que aplicarla porque hayamos logrado prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres.

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Argentina: Las políticas de género en la Procuración General de la Nación

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Fuente: ELA

Alejandra Gils Carbó, la primera mujer en ocupar el puesto de titular en la Procuración Nacional de la Nación, impulsó la creación de un programa sobre políticas de género dentro del Ministerio Público Fiscal. De esta manera, se suma a otras mujeres que impulsaron medidas similares en otras instituciones vinculadas con la administración de justicia. 

20/11/2012-La Procuración General de la Nación creó, a través de la Resolución  533/2012 el“Programa del Ministerio Público Fiscal sobre Políticas de Género”, cuyos ejes de trabajo son: investigación, sistematización de información y elaboración de estadísticas sobre violencia de género y derechos de las mujeres; asesoramiento y asistencia técnica a las fiscalías sobre cuestiones de género; difusión, sensibilización y capacitación sobre la temática de género y derechos de las mujeres; y la articulación intra e interinstitucional con organismos encargados de asuntos pertinentes para la temática de género.

El Programa, tal como indica la Resolución, busca incorporar la perspectiva de género dentro del ámbito de su competencia con el fin de mitigar las necesidades e injusticias que persisten en el Estado argentino y fueron señaladas por el Comité para la Eliminación de todas Formas de Discriminación Contra la Mujer en agosto de 2010. En particular menciona el párrafo 13 y 15 de las Observaciones Generales y sostiene que: “el Comité ha destacado el desconocimiento generalizado de los derechos explícitamente asegurados por la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y sus mecanismos específicos de protección, en particular entre las autoridades judiciales y otros funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (…) y la persistencia de estereotipos de género imperantes en el sistema de justicia y su desconocimiento de la discriminación por motivos de sexo y de género, así como de la violencia contra la mujer”

En el marco de este programa, el 14 de noviembre se creó la Resolución  557/2012 que anexa un documento que instruye a los señores y señoras fiscales, donde se identifican las falencias del tratamiento judicial que se le da a los delitos sexuales cometidos durante el terrorismo de Estado y otorga pautas de actuación concordantes con lo dispuesto por el mencionado Comité.

Este tipo de acciones, nos hace reflexionar acerca de la importancia de la presencia de mujeres en espacios de decisión. Si bien sabemos que no es garantía de que tengan una postura feminista, ni que trabajen con perspectiva de género o que sean portavoces de los derechos de las mujeres, lo cierto es que muchos de los espacios institucionales a los que se incorporaron mujeres se han tomado iniciativas sumamente relevantes. Basta recordar la creación de la Oficina de Violencia Doméstica impulsada por la Dra. Elena Highton de Nolasco; la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema, impulsada por la Dra. Carmen Argibay, el trabajo sobre género de la Defensoría General de la Nación donde se desempeña como Defensora General la Dra. Stella Maris Martínez y, finalmente, la Resolución 38/2012 de la Asesoría Tutelar encabezada por la Asesora Tutelar Dra. Laura Cristina Musa, que busca efectivizar el derecho al aborto no punible de las niñas, adolescentes y mujeres con discapacidad intelectual/psico-social, a las que ahora se suma la incorporación de Alejandra Gils Carbó como Procuradora General de la Nación.

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